Sábado 31 de octubre de 2026 Sáb. 31 oct. 2026
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Economía
Impuestos nacionales

Ganancias 2025: ARCA volvió a prorrogar la presentación de declaraciones juradas hasta noviembre

El organismo fijó el 16 de noviembre como nueva fecha límite para las personas humanas. La medida no modifica los vencimientos establecidos para el pago del impuesto.

Para los contribuyentes alcanzados, el principal cambio consiste en contar con un plazo adicional para completar la presentación de la declaración jurada correspondiente a 2025
Para los contribuyentes alcanzados, el principal cambio consiste en contar con un plazo adicional para completar la presentación de la declaración jurada correspondiente a 2025

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso una nueva extensión del plazo para presentar las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2025. La medida establece como fecha límite el próximo 16 de noviembre de 2026, otorgando más tiempo a los contribuyentes alcanzados por esta obligación.

La decisión fue oficializada mediante la Resolución General 5918/2026, publicada este viernes 30 de octubre en el Boletín Oficial de la Nación, y comprende tanto a las personas humanas como a las sucesiones indivisas, ya sea que se encuentren dentro del régimen general o adheridas al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.

Con esta disposición, ARCA vuelve a modificar el calendario de presentación, cuyo vencimiento anterior estaba previsto para el 30 de octubre.

La resolución responde, entre otros factores, a la necesidad de adecuar los procedimientos tributarios a las disposiciones introducidas por la Ley 27.826 y su reglamentación, que tienen incidencia en la liquidación del Impuesto a las Ganancias correspondiente al ejercicio fiscal 2025.

Desde el organismo también explicaron que la extensión surgió del intercambio mantenido con representantes de entidades que agrupan a profesionales de las ciencias económicas, quienes participan habitualmente en el análisis de las obligaciones fiscales y sus procedimientos de cumplimiento.

La prórroga no modifica las fechas de pago

Uno de los aspectos centrales de la resolución es que la ampliación del plazo se aplica exclusivamente a la presentación de las declaraciones juradas y no implica una postergación de las obligaciones de pago.

En consecuencia, mientras que la documentación podrá presentarse hasta el 16 de noviembre, la fecha establecida para ingresar el saldo resultante del impuesto continúa siendo el 27 de julio de 2026.

Esta diferenciación resulta importante para los contribuyentes, ya que disponer de más tiempo para completar la presentación formal no modifica las obligaciones económicas previamente establecidas ni sus eventuales consecuencias por incumplimiento.

También se modifica otro procedimiento tributario

La nueva resolución incorpora una segunda modificación relacionada con la caracterización de determinados contribuyentes dentro del sistema de ARCA.

En particular, se dispuso trasladar hasta el 30 de noviembre de 2026 la ejecución del procedimiento automático mediante el cual el organismo identifica a los sujetos comprendidos en la categoría de "Pequeño Contribuyente", conforme a las condiciones previstas en la Resolución General 5321.

Este procedimiento está vinculado con la aplicación del régimen permanente de facilidades de pago y permite establecer qué contribuyentes reúnen las condiciones para acceder a determinados tratamientos dentro de ese sistema.

La nueva fecha reemplaza al 16 de noviembre, que había sido establecido mediante una prórroga anterior.

De esta manera, ARCA introduce nuevas modificaciones en el calendario tributario de 2026, mientras continúan las adecuaciones normativas y administrativas vinculadas con el Impuesto a las Ganancias y los mecanismos de cumplimiento fiscal.

Para los contribuyentes alcanzados, el principal cambio consiste en contar con un plazo adicional para completar la presentación de la declaración jurada correspondiente a 2025, sin alteraciones en las fechas de pago ya establecidas.

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